Preguntas Frecuentes

1. ¿Qué es la trata de personas?

La trata de personas es una forma moderna de esclavitud que se refiere a la captación, reclutamiento, traslado y acogida de personas con fines de explotación. La explotación adopta diferentes formas: explotación sexual, explotación para pornografía, para mendicidad, para venta callejera, explotación laboral o extracción de órganos o tejidos humanos.

Las víctimas de trata suelen ser reclutadas mediante engaños (tales como falsas ofertas de trabajo u ofertas engañosas) y trasladadas hasta el lugar donde serán explotadas.

En los lugares de explotación, las víctimas son retenidas por sus captores mediante amenazas, deudas, mentiras, coacción, violencia, etc y obligadas a prostituirse o trabajar en condiciones infrahumanas. También existe la trata o el comercio de seres humanos para la extracción de órganos, aunque no existe ningún caso reportado públicamente en Argentina.

En la actualidad, las víctimas de la trata de personas no son sólo las mujeres blancas. Por eso ya no se habla de «trata de blancas», sino más bien de trata de personas. Todos podemos convertirnos en víctimas de la trata de personas -hombres, mujeres, niñas, niños y adolescentes- para alguna de sus muchas finalidades de explotación (sexual, laboral, mendicidad, extracción de órganos, etc.).

2. Trata y Tráfico no quieren decir lo mismo.

La Trata de personas no necesariamente implica el cruce de una frontera internacional. En Argentina hay una mayor incidencia de trata interna que de trata internacional.

El trafico ilícito de migrantes se refiere a la facilitación del ingreso irregular de una persona a un país que no es el propio. La persona que lo asiste en este ingreso ilegal (pollero, pasador, coyote, pasero), recibe dinero u otro beneficio a cambio de facilitar el ingreso ilegal de una persona. El servicio concluye una vez que el extranjero ha logrado ingresar al país que deseaba.

Sin embargo, muchas veces el tráfico de personas se realiza en el marco de una red de trata con la finalidad de explotar a la víctima en el país de destino. En dichos casos se verifican dos delitos: el tráfico (asistencia para el ingreso ilegal de una persona a un país que no es el propio) y trata (captación y traslado de una persona con la finalidad de explotarla).

3. ¿Cómo funciona la trata de personas?

La trata de personas es un proceso que incluye el reclutamiento o secuestro de personas, el traslado de las mismas dentro de la Argentina o desde el exterior hacia la Argentina, o desde la Argentina hacia el exterior. La trata interna es la que más se verifica en Argentina. La víctima luego de ser trasladada es recibida en el lugar de destino en el que se produce su explotación, asegurando que no escape de la situación de explotación mediante amenazas, violencias, torturas, engaño, coacción o aprovechamiento de su situación de vulnerabilidad.

El delito de trata está siendo gerenciado, de manera creciente, por redes de crimen organizado con operatoria a nivel nacional e internacional. Estas redes están integradas por numerosos miembros, cada uno de los cuales desarrolla una tarea específica (captación o señalamiento, reclutamiento, traslado, acogida, explotación, documentación, etc) Los administradores o gerentes de los lugares donde se explota a las víctimas no siempre son los grandes tratantes. En los casos de explotación sexual, existen grandes «mayoristas» de mujeres que las obligan a trabajar en distintos prostíbulos, por tiempos que oscilan entre una semana y cuarenta y cinco días, rotandolas por todo el país y también por el exterior. Las víctimas no pueden -o creen que no pueden- salir de su situación de esclavitud y, en todos los casos se verifica una restricción importante de la libertad personal que va desde la reclusión total hasta sistemas con salidas. En general los tratantes retienen los documentos de las víctimas como una forma más de coacción. En el caso de los extranjeros y extranjeras con frecuencia son amenazados/as con la deportación o la cárcel y, la metodología que más se verifica es la servidumbre por deudas. De acuerdo a la Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud de Naciones Unidas La servidumbre por deudas es el Estado o la condición que resulta del hecho de que un deudor se haya comprometido a prestar sus servicios personales, o los de alguien sobre quien ejerce autoridad, como garantía de una deuda, si los servicios prestados, equitativamente valorados, no se aplican al pago de la deuda, o si no se limita su duración ni se define la naturaleza de dichos servicios;

4. ¿Cuál es el perfil de las víctimas de trata?

Las mujeres, niños y niñas son los más afectados por la trata en el mundo, estimándose que constituyen más del 80% de las víctimas, aunque en el caso de Argentina hay un porcentaje mucho menor de niños y niñas, que generalmente no alcanza al 20% de las víctimas.

En Argentina, las víctimas de trata para explotación sexual son en general mujeres entre los 12 y los 35 años, con muy bajo nivel educativo, pertenecientes a grupos familiares vulnerables (necesidades básicas insatisfechas), en los que la mayoría de los miembros se encuentran desempleados o perciben ingresos extremadamente bajos.

Respecto a al trata para explotación laboral, el grueso de las víctimas son de origen Boliviano y trabajan en situación de servidumbre en talleres textiles, ladrilleras, la industria de la construcción, la agricultura, entre otras cosas. En general se trata de familias integradas por hombres y mujeres jóvenes con niños pequeños. Muchas víctimas son analfabetas e indocumentadas absolutas. También se han reportado casos de trata de niños para mendicidad y de niños y adultos para venta callejera. En estos últimos años ha aumentado el número de niños en situación de trata por el reclutamiento de las bandas de narcotraficantes que operan en el país, se los denomina «soldaditos narco» y son también, y en forma creciente, víctimas de trata. 

5. ¿Cuál es la situación legal en Argentina?

Argentina ratificó en 2002 (ley 25.632) el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (más conocido como Protocolo de Palermo). Dicho instrumento complementa la Convención de las Naciones Unidas contra el crimen organizado trasnacional y busca prevenir y combatir la trata de personas; proteger y asistir a las víctimas, respetando plenamente sus derechos humanos y promover la cooperación entre los Estados para lograrlo.

En Diciembre de 2006, el Proyecto presentado por la Senadora Vilma Ibarra obtuvo media sanción. En Abril de 2008 la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de senadores que penaliza la trata de personas con fines de explotación sexual, laboral o para la extracción de órganos. La aprobación en Diputados no contempló introducciones o modificaciones al dictamen de senadores, a pesar de que los Diputados de la oposición recogieron más de 50 propuestas de modificación de los artículos presentadas por las organizaciones de la sociedad civil. Esta ley modificada en 2012, mediante la Ley 26.842. La primera modificación que introduce, es en la definición de trata de personas: “Se entiende por trata de personas el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países. A los fines de esta ley se entiende por explotación la configuración de cualquiera de los siguientes supuestos, sin perjuicio de que constituyan delitos autónomos respecto del delito de trata de personas:

  1. a) Cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre, bajo cualquier modalidad;
  2. b) Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados;
  3. c) Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la prostitución ajena o cualquier otra forma de oferta de servicios sexuales ajenos; d) Cuando se promoviere, facilitare o

comercializare la pornografía infantil o la realización de cualquier tipo de representación o espectáculo con dicho contenido;

  1. e) Cuando se forzare a una persona al matrimonio o a cualquier tipo de unión de hecho;
  2. f) Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la extracción forzosa o ilegítima de órganos, fluidos o tejidos humanos.

El consentimiento dado por la víctima de la trata y explotación de personas no constituirá en ningún caso causal de eximición de responsabilidad penal, civil, o administrativa de los autores, participes, cooperadores o instigadores”.

La ley Argentina superó al Protocolo de Palermo y descartó la diferencia entre trata de mayores y menores de edad, excluyendo el consentimiento como causal de atipicidad y brindando una mayor garantía a las víctimas. No se puede argumentar que la víctima ha consentido, para eximirse de responsabilidad. Ello se entiende toda vez que el Estado tiene los deberes de garantía y respeto de los derechos humanos, por lo que no puede consentir que una persona renuncie a sus derechos humanos, ya que son irrenunciables e intransferibles.

“…La trata de personas busca garantizar a una persona la libertad tanto física como psíquica de autodeterminación (Libertad de elegir un plan de vida en el que pueda seguir considerándoselo persona) castigando aquellas acciones que conducen a la explotación y esclavización del ser humano…dado el contenido y alcance del bien jurídico que ampara a la trata de personas éste no resulta disponible por el particular damnificado. Por lo tanto no cabría otorgar, al menos de lege ferenda, eficacia alguna al denominado consentimiento de la víctima…”. El artículo 5º de la Ley 23.634 establecía la no punibilidad de las víctimas de trata por la comisión de cualquier delito que fuera el resultado directo de haber sido objeto de trata.

La modificación de la ley introdujo un aumento de las escalas penales que va ahora desde los 4 (cuatro) a 8 (ocho) años de prisión (antes era de 3 a 6). La pena anterior resultaba absurda toda vez que la violación agravada, tenía mayor pena que la trata de personas que, en el caso de trata sexual, incluye violaciones agravadas múltiples. Asimismo, tenía mayor pena el abigeato que la trata. También se han incluido nuevos fines de explotación como la pornografía infantil, los matrimonios forzados o cualquier tipo de unión de hecho.

El art. 4 de la nueva ley de trata de personas, contempla las garantías mínimas para el ejercicio de los derechos de las víctimas, aclarando que el Estado garantizara a las víctimas distintos derechos, con prescindencia de su condición de denunciantes o querellantes en el proceso penal, y hasta el logro de las reparaciones correspondientes. Entre ellos mencionamos la recepción de información sobre sus derechos; asistencia psicológica, médica y jurídica gratuitas; alojamiento apropiado, manutención, alimentación suficiente; capacitación laboral; protección frente a toda posible represalia contra su persona o su familia; ser oída en todas las etapas del proceso; incorporación o reinserción en el sistema educativo, entre otras.

En el caso de victimas menores de edad, se deben reconocer sus necesidades especiales. Las medidas de protección de derechos no podrán restringir sus derechos y garantías, ni implicar privación de su libertad. Se intentará la reincorporación a su núcleo familiar o al lugar que mejor proveyere para su protección y desarrollo. También se prohíbe el hospedaje de las víctimas en cárceles, establecimientos penitenciarios, policiales, o destinados al alojamiento de personas detenidas, procesadas o condenadas.

6. ¿Qué puedo hacer si conozco algún caso?

Podés ponerte en contacto con Esclavitud Cero al 4899-2945 o al 15 5 6203649 de 9 a 18 hs todos los días o, en cualquier momento, al celular si se trata de una emergencia, como por ejemplo una persona desaparecida. El tiempo es crucial, en especial las primeras horas luego de la desaparición.

También es posible denunciar un caso ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) a cargo de Marcelo Colombo y María Alejandra Mángano que queda en Perú 545, 2° Piso, CABA o en cualquier Fiscalía Federal: https://www.mpf.gob.ar/mapa-fiscalias/

Teléfono Protex: (+54 11) 3754-2921 / 2922 / 4342-6021
Fax: (+54 11) 4342-6021
Urgencias y Consultas las 24 hs (sólo fiscalías): (+54 11) 4342-6927

También se puede realizar la denuncia en el 145 que es una línea de atención telefónica gratuita para recibir información, solicitar asistencia y denunciar ante casos de trata de personas. Funciona las 24 horas durante todos los días del año bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. También se puede llamar al 911 que deriva el llamado al 145.

 

36 Responses to Preguntas Frecuentes

  1. Enrique dice:

    Como saber si existen antecedentes de trata de personas en Gral. Madariaga, Pcia. de Buenos Aires

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    • assorati dice:

      Nosotros no tenemos datos de General Madariaga pero si hay prostíbulos y talleres clandestinos o granjas en la zona, lo más seguro es que haya personas explotadas. Saludos, Mercedes Assorati

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  2. Rocio Tamara dice:

    Hola. estoy haciedno un trabajo y necesito información sobre la trata de personas en jujuy. quisiera saber si ustedes me pueden aportar algún dato o dar alguna idea a que lugares puedo recurrir para recaudar la información. ya que en lo posible necesitaria datos estadísticos.
    Muchas gracias por su tiempo.

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  3. Emiliana dice:

    Hola soy Emiliana, de santa fe capital, y estoy estudiadno psicologia, ya termine, solo me falta mi tesis, y elegi el tema de trata de personas, recien ahora estoy tratadno de organizarme y buscar informacion, la idea es focalizarla desde el trauma y estres pos traumatico de las victimas, pero hare un corrido sobre lo legal y social tambien, los temas q voy a tocar en mi tesis es el orignen d la trata, todo lo q tenga q ver c esclavitud y violencia.Lo q mas necesito es material q tenga q ver el impacto de esta tematica ne la sociedad argentina, si es un tema tabu, si se denuncia o no, en fin, algunos interrogantes q no tienen q ver conla psicoliga, sino desd lo social. Por eso queria saber si ustdes me podian orientar con bibliografia e informacion actualizada. Muchass gracias. Emiliana

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  4. karina dice:

    hola mande un mail a Mercedes Assoretti pero me lo rebota, tienen otra forma de comunicarme? gracias!

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  5. Anónimo dice:

    Hola, Aquì en el lìmite entre Capital Federal y la Prov. de Buenos Aires hay un lugar sospechoso que funciona como prostìbulo o lugar de encuentros està en Gral Paz 12097, subiendo una escalera. De dìa cerrado, de noche abierto, musica, etc. No sè dònde dejar la denuncia pero la verdad me preocupa. Igualmente observen en la calle Montiel casi Rivadavia CABA. a mitad de cuadra hay lugares cerrados por rejas con «patovicas en la puerta. Atiendan eso…. son muchos los años.

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  6. Lucas dice:

    Hola, me gustaría saber si hay forma de colaborar con ustedes o de no ser así con que organización de buenos aires se puede hacerlo ? desde ya muchas gracias.

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  7. Pru Campi dice:

    Hola… estoy desesperada estoy haciendo una tesis de trata de personas pero con el tema de prevención hacia jovenes, soy de venado tuerto, del sur de santa fe, y las profes de la facu todos los proyectos q presentamos no lo satisfacen, hicimos uno de talleres y charlas para informar a la comunidad y no les gusto, folletos y tampoco, estoy estudiando trabajo social, no me podrian dar una idea de proyecto desde esa area..muchas gracias:)

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  8. manuela dice:

    Hola, necesito su ayuda estoy en mi ultimo año de trabajo social y ya estoy pensando la tesis, me gustaria hacerla sobre la trata de personas que es un tema que me interesa mucho , pero nose bien desde que lugar abordarlo! si alguien me puede dar una idea se lo agradecería!

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  9. malena dice:

    hola, necesito hacer un informe sobre alguna organizacion contra la trata que tenga sede en la zona norte del gran buenos aires, si podrian aportar informacion se los agradeceria mucho! desde ya gracias.

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  10. Florencia dice:

    Hola, buenas tardes. Primero que nada me gustaría felicitarlos por el trabajo que llevan a cabo.
    Lo que me llevó a consultarles lo siguiente es que en las cercanías a mi domicilio (capital federal) ocurrieron dos casos de intento de secuestro de chicas de aproximadamente 18 años en el trascurso de esta semana que pasó. Ambos casos en mi conocimiento fueron denunciados en la comisaría, pero lo que me intriga principalmente es que ninguno de los casos tuvo conocimiento público a nivel medios de difusión, que no sea facebook. No tengo conocimiento si se informó ésto y no se difundió o si directamente las victimas o familiares de victimas no quisieron que el caso trascienda, que desde mi ignorancia es sumamente necesario para la prevención de futuras victimas. Me gustaría saber cual es su visión acerca del tema al estar familiarizados con este tipo de casos.
    Desde ya muchas gracias!

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    • assorati dice:

      FLorencia: Comunicate con nosotros al 47756610 para charlar al respecto. No se deben denunciar las desapariciones en la policía. Saludos, Mercedes Assorati

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  11. gerundio perez dice:

    traer una persona de otro pais a trabajar en condiciones normales ,sin estar prisionera,pagandole su salario ,sin retener sus documentos, se considera trata de personas a esto?

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    • assorati dice:

      Si se respetan las leyes nacionales en todos sus puntos y todos los derechos laborales y la persona está legalmente en el país no se considera trata. Para mayor información puede comunicarse con nosotros al 47756610 en horario de 9 a 18.

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  12. ciria dice:

    Estoy elaborando un juego de mesa para niñas y niños contra la trata de personas, se me hace dificil elaborar preguntas para esta población, necesito su apoyo…

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  13. Anónimo dice:

    hla quiero saber quienes son las mas afectadas por la trata de persona es para un trabajo y lo necesito urgente

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  14. sestefania dice:

    hla me pueden decir quienes son las mas afectadas por la trata de persona lo necesita para un trabajo urgente

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    • assorati dice:

      Las mujeres de zonas rurales del norte del país y del Paraguay, generalmente madres solteras a cargo de hijos menores con escaso o ningún nivel de instrucción sin posibilidades de acceder a un empleo formal en lo que hace a trata sexual. En lo que hace a la trata laboral los hombres y mujeres de nacionalidad Boliviana, indocumentados o no, con escaso nivel de instrucción que viven por debajo de la línea de pobreza en su país.

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  15. Yo dice:

    HOLA , hoy pase por la avenida la plata y San Juan de la localidad de quilmes y habia chicas paradas ejerciendo la prost,.Esparcidas a lo largo de la cuadra acompañadas de un SUJETO (con una pinta impresionante de hijo de pta ) cuando vi que este se retiro del lugar dejando a una nueva chica en la esquina.,Se fue este y me acerque a la chica de unos 20 años mas o menos le pregunte si estaba ahi por que ella queria o si alguien la staba obligando , mientras le daba algo de comer(para disimular mis preguntas)ella respondio lo obVio, no ,no pero estaba muy nerviosa casi temblaba y tenia una cicatriz en el cuello que me hacia pensar lo contrario .Este hombre iva y venia de la vuelta de esta cuadra .no denuncie nada porque no creo lamentablemente en ellos ni en los juzgados,Solo creo en la ayuda principal de DIOS y de ustedes,gracias por favor espero una respuesta para seguir ayudando y no pensar que esto quedo en la nada.

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  16. tania samaniego dice:

    Hola..quería saber de forma se puede colaborar con esta increíble labor que están llevando a cabo..Muchas gracia

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    • assorati dice:

      Hola Tania: Gracias por tu interés en la trata de personas. Tenemos una Capacitación Anual de Voluntarios, entre quienes se elige a los voluntarios de cada año. Seguramente estaremos anunciando en breve la convocatoria. La capacitación es gratuita y on line, por lo que puedes asistir desde tu casa o trabajo. Al final quienes más se hayan destacado por sus trabajos, su participación y su compromiso son seleccionados para trabajar, ya sea en ESCLAVITUD CERO o en ONGs u organismos del Estado en todo el país. Suscribite al Blog para estar atenta a la Convocatoria que se lanzará en breve.

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  17. Cecilia Bueno dice:

    Hola me estoy por recibir de abogada y estoy haciendo mi tesis sobre la re inserción de las victimas de redes de tratas necesito información sobre eso y quería saber si me podias ayudar. Leí en otros comentarios de un grupo virtual pero no lo encuentro en la pagina. Gracias

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  18. paula natalia ramirez lopez dice:

    es muy bueno me ayudó a sacar buena nota en mi evaluacion y muchas gracias por esos consejos tan maravillosos que ma van a servir en adelante.[:

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  19. ana dice:

    Hola …buenas noches yo tengo una duda yo tube una entrevista de trabajo para un call center y me hicieron unas preguntas ..luego que se pondrian en contacto conmigo luego de la entrevista me llamaron a la hora para que comiense al otro dia …a mi me parece raro …pero no se si se trate de. la trata dr persona me podrian ayudar porfavor para estar segura?

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    • assorati dice:

      Estimada: Con la información que nos brindas es muy dificil evaluar. Si quieres me pasas tu teléfono y te llamo para que me cuentes más. Si tienes dudas no te presentes sola, ve acompañada o alerta a las autoridades para que estén pendientes. Puedes enviarme tu teléfono a mi mail privado assoratimi@gmail.com

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  20. La kimberly dice:

    Nesesito mas para mi proyecto de español afán mas,,😀😁.

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